Retribución y atención a las personas de la organización

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El Convenio Colectivo de SCPSA 2025-2027 se firmó el día 20 de diciembre de 2024 y ha sido registrado en el dpto. de trabajo del Gobierno de Navarra el 17 de enero 2025. Por el momento, no ha sido publicado en el Boletín Oficial de Navarra. En el año 2024 ha estado vigente por ultraactividad el convenio 2017-2024 hasta diciembre, aunque una pequeña parte del nuevo convenio (ingresos, ascensos y promociones; licencias; traspaso exceso del horario flexible y localización) entró en vigor el 1 de diciembre 2024.

En el año 2024, y por aplicación del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, publicado en el BOE nº 155, de 27 de junio, se incrementaron en un 2% los salarios de diciembre 2023. Esa misma norma establecía la posibilidad de incrementar los salarios en un 0,5% adicional, también con efectos de 1 de enero de 2024, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024. Para esta subida se ha de publicar el acuerdo correspondiente del Consejo de ministros en el BOE; acuerdo que, por el momento, no está publicado, por lo que esta retribución sigue en espera.

La jornada laboral general de 2024 fue de 1.592 horas con un total máximo de 216 jornadas (diarias).

Existen un conjunto de medidas de atención social que la empresa ofrece a los/as trabajadores/as, además de las licencias y permisos recogidos en el Convenio Colectivo:

Prestaciones SocialesDescripción
Plan de pensiones Prestación definida que supone un número de anualidades variables, calculadas en virtud de una serie de parámetros, y que cubren las contingencias de jubilación, fallecimiento e invalidez.
Seguro de accidente Cobertura de accidentes.
Jubilación parcial Plan de Jubilación reconocido en el Convenio Colectivo.
Prestaciones económicas

Complemento salarial por enfermedad y accidente hasta el 100% del salario.

Anticipos de nómina.

Subvenciones económicas para formación.